El Pleno, integrado por el Alcalde y los Concejales, es el órgano de máxima representación política de los ciudadanos en el Gobierno Municipal.
Es el órgano colegiado de debate de las grandes políticas locales que afectan al municipio a de adopción de las decisiones estratégicas.
Entre sus funciones se encuentran, el control y la fiscalización de los Órganos de Gobierno, la elección y destitución del Alcalde, la votación de la moción de censura al Alcalde y de la cuestión de confianza, la aprobación y modificación de las ordenanzas y reglamentos municipales, los acuerdos relativos a la delimitación y alteración del termino municipal, la aprobación de los presupuestos, la división del municipio en distritos y la determinación y regulación de los órganos de los distritos y de las competencias de sus órganos representativos y participativos.
El Pleno está integrado por todos los concejales de la Corporación, incluido el Alcalde, quien lo preside y cuyas sesiones plenarias se celebran en la sede de la Corporación, sita en Plaza del Ayuntamiento nº 1
Las sesiones del Pleno pueden ser ordinarias o extraordinarias. Las ordinarias se celebraran como mínimo una vez cada tres meses y las extraordinarias, cuando así lo decida el Presidente, o lo solicite al menos, la cuarta parte del número legal de los miembros de la Corporación.
Todas ellas han de convocarse al menos con dos días hábiles de antelación, salvo las extraordinarias que lo haya sido con carácter urgente.
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